La causa más añeja que estaba abierta en la Audiencia llega a su final tras una movida mañana en la que estuvo a punto de volver el asunto a instrucción por la existencia de una grave omisión y que concluyó con una conformidad tras percibir las partes que había prescrito una de las estafas que sufrieron 19 familias de Los Dolores que pagaron hace más de tres lustros casi trescientos mil euros, de los que recuperan menos de la mitad gracias a un acuerdo extrajudicial.


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El efecto de la justicia queda muy entredicho en asuntos como el que esta semana se ha vivido en la sección quinta de la Audiencia Provincial, en Cartagena, en un procedimiento malvado, en buena parte, por un mal funcionamiento de la propia maquinaria de la justicia, que provocó una situación muy difícil de solventar. La ‘diosa Iustitia’, en esta ocasión, más que ciega fue torpe.

El asunto presentaba veinte acusadores. Diecinueve eran las parejas o familias que pusieron diversas cantidades, entre unos nueve y unos dieciocho mil euros per cápita, para adquirir unas viviendas en la urbanización Mediodía-Fase II en Los Dolores (Cartagena), que estaban representados por el abogado Carlos Bernabé. El restante es la empresa Mobisa, que reclamaba 113.395 euros por una posterior venta de la finca de marras. María Ángeles Llorente fue la abogada de esta acusación particular.

Acusados estaban diez personas… u once, como después veremos. Al principal señalado, Raimundo Ruiz, la Fiscalía le pedía 6 años de cárcel, y a su esposa, Silvia García, 3 años. Ambos eran los que estaban al frente de Baleo Servicios Inmobiliarios, promotora de la urbanización. Otros seis encausados se enfrentaban a penas de 9 años al estimar el ministerio público que habían participado en dos estafas y los restandos dos se veían amenazados por penas de 6 años.

La acusación particular de Carlos Bernabé elevaba las penas a 23 años para Raimundo, 12 para su expareja y la misma cifra para el resto. Al empezar el juicio retiró las acusaciones contra los responsables de Baleo debido a un acuerdo extrajudicial alcanzado y que, por lo hemos podido conocer, supone que los afectados recuperarán algo menos de la mitad del dinero que invirtieron.

Casi las dos primeras horas, sin empezar el juicio, se dedicaron a negociar un posible acuerdo entre las partes, lo que no fue posible al no aceptar algunos de los que se veían en prisión. 

Cuando comenzó la vista oral se plantea que las dos acusaciones particulares incluían en sus peticiones a una undécima persona que resulta que no figuraba en la instrucción que llevó a cabo el antiguo juzgado mixto número 6 de Cartagena en unas diligencias previas fechadas en el año 2000 y procedimiento abreviado de 2006. También hay que apuntar que el proceso estuvo siete años totalmente parado, de ahí buena parte de su retraso. 

La fiscal expuso que no podía pedir pena para alguien que no figura en la instrucción, pues resulta que en ese proceso ‘desapareció’ la persona en cuestión sin aclarar si estaba sobreseido o no, “no existe pronunciamiento sobre este señor”, expusieron. Así, las acusaciones particulares pidieron retrotraer las actuaciones nuevamente a la fase de instrucción, lo que apoyó la fiscal, indicando que también había que aclarar si en este caso existía prescripción, y el propio tribunal: “Es evidente porque existe un defecto, pero no tendría sentido si existe una prescripción hacia esa persona”, expuso Matías Soria, el presidente. Entonces, los abogados de las defensas (Manuel Nieto, José Luis Salas, Raquel Villaescusa, Javier Cañete, Rafael Navarro, Manuel Martín Camino y Enrique Ródenas) plantearon que esa misma posibilidad de prescripción podría afectar a sus clientes.

Nuevo desalojo de la sala (hasta cuatro se registraron) mientras se estudia esa circunstancia que giraba sobre el Código Penal de 1995, donde se reflejaba la prescripción a los tres años de los asuntos de estafa y de 10 años si se trataba de una estafa agravada. “Hay dos situaciones distintas”, expuso el presidente del tribunal.

El ‘efecto dominó’, en la que una situación provoca otra. En este caso dentro de un círculo, pues se regresó al punto de partida, es decir, a la negociación inicial, que ahora era más factible al aplicarse una prescripción, con lo que ningún acusado conocerá un centro penitenciario.

Así, las condenas quedaron de la siguiente forma:
- Raimundo, como autor de un delito continuado de estafa, fue condenado a pena de 21 meses de prisión y pena de multa de seis meses con cuota diaria de 3 euros (540 euros).
- Silvia, como cómplice de un delito continuado de estafa, es condenada a 10 meses y 16 días de prisión más multa de tres meses con cuota diaria de 3 euros (90).
- Ramón Alcaraz, Pedro Martínez y José Guillén, como autores de un delito continuado de estafa son condenados a 21 meses de prisión y multa de seis meses con cuota diaria de 3 euros (180) para cada uno.
- José Martínez, Rosario García, Consuelo Franco, Alberto Guillén y José Moreno son castigados judicialmente como cómplices de un delito continuado de estafa a las penas de 10 meses y 16 días de prisión, y pena de multa de tres meses con cuota diaria de 3 euros (90) para cada uno.

Carlos Bernabé, como letrado de los afectados, se mostraba “razonablemente satisfecho. El proceso ha concluido con una condena por estafa, por lo que considera que al final la justicia ha funcionado y, moderamente, se ha resarcido a las víctimas, aunque hay que lamentar la extraordinaria dilación del procedimiento, provocando un retraso que ha dañado a la propia justicia”.

Mobisa, por su parte, se reserva la opción de entablar pleito civil para reclamar el dinero que considera que se le adeuda.