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El conflicto que mantiene el ayuntamiento de Cartagena hacia los guardeses del Huerto de las Bolas (Los Dolores) ha tenido un nuevo capítulo en sala de vistas, en este caso en una demanda de desahucio por precario presentada por el consistorio, a la que se opone frontalmente la otra parte. El quid de la cuestión es aclarar en qué situación están estas personas en dicha finca, si de forma irregular o laboral. En esta ocasión ha sido novedad la declaración de la mujer que vendió el terreno, pero el juicio queda sin concluir en espera de que se formulen preguntas por escrito a la concejala de Hacienda y después las partes presenten sus conclusiones.


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Como se puede comprobar con los artículos que ha ido publicando este diario, el denominado ‘caso del Huerto de las Bolas’ (finca ubicada en Los Dolores-San Cristóbal) ya tiene bastante historia. Hubo un anterior procedimiento ante el juzgado de Primera Instancia número 2 que concluyó en la vía de la Audiencia Provincial. Después, el Ayuntamiento inició otro, esta vez con una demanda de desahucio por precario, que en el día de hoy ha llegado a la sala de vistas del juzgado de Primera Instancia número 2 de Cartagena, donde los letrados Miguel Fernández, por parte municipal, y Alfonso Alajarín, por la parte demandada, han defendido diferentes posturas ante la jueza Natalia Martínez Herrero.

El Ayuntamiento basa su propósito de que Antonia Fajardo y sus dos hijos dejen de residir en la vivienda anexa al histórico edificio del recinto considerando que no existe compromiso alguno municipal con ellos. Exponen que los terrenos fueron adquiridos a María Dolores Martínez Balsalobre en 2007 y que en documento alguno administrativo o notarial está acreditada la presencia y obligación hacia la familia demandada, considerando que fue vendida la finca libre sd ecargas de deudas y personas. También exponen que en un contrato de arrendamiento de la anterior dueña con esta familia fechado el 11 de noviembre de 1998 no se contempla que exista prestación de servicios algunos. En el juicio de hoy también han hecho hincapié en que el mantenimiento de la finca desde hace diez años lo asume una contrata del Ayuntamiento con dos personas, una de las cuales desarrolla a diario su jornada laboral de ocho horas en estos jardines. Igualmente, han expuesto que la supuesta relación verbal hubiese sido de la anterior propietaria con el padre de esta familia, quien no reside allí desde 2014.

La parte demandada se reafirma también en su postura, afirmando Antonia Fajardo que desde 1998 su familia se encarga del mantenimiento y vigilancia de la finca, siendo los emolumentos el uso de una vivienda y el consumo de luz y agua, entre otros gastos, labor que en estos últimos años continúa desarrollando ella con sus dos hijos mayores de edad. Exponiendo el abogado que ya figuran como residentes de este lugar desde 1996, como recoge el padrón municipal, y que no es un asunto de ‘okupas’ que han entrado en un lugar de forma irregular, sino que se trata realmente de una relación laboral, que continúa en la actualidad, por lo que sería una sala de Lo Social la competente para abordar la rescisión de dicha relación.

Novedad a diferencia del proceso anterior ha sido esta mañana la presencia y declaración de María Dolores Martínez, persona que vendió la finca al Ayuntamiento, tras su declaración como Bien de Interés Cultural (BIC), en 2007. Esta persona ha indicado que esta familia se encargada del mantenimiento y vigilancia de la finca, apuntando que el Ayuntamiento sabía de sus existencia cuando se traspasó, y que los mantendría por un tiempo que no se determinó. Sobre el contrato de alquiler de 1998 ha expuesto que se elaboró para escolarizar a los niños en un centro próximo, pero que nunca recibió dinero a cambio, pues ya existía el acuerdo de compensación por el trabajo que desempeñaban. 

El letrado Alfonso Alajarín había solicitado la presencia de la edil de Hacienda, Isabel García, quien finalmente no tendrá que acudir al Palacio de Justicia, pues la jueza ha acordado que responda por escrito a las preguntas de las partes y, si lo considera, de la propia jueza. Hay un plazo de cinco días para formular estas cuestiones. Tras las respuestas, se habilitarán otros cinco días para que cada abogado presente, también por escrito, sus conclusiones. Entonces el asunto quedará visto para sentencia.